
Juicio Álvaro Uribe: juez concluye que quedó materializado el delito de “soborno en actuación penal”
La juez 44 Penal del Circuito de Bogotá, Sandra Heredia, quien llevó el juicio contra el expresidente Álvaro Uribe, concluyó que, de la mano de la Fiscalía y los apoderados de víctimas, quedó acreditado y suficientemente materializado el delito soborno en actuación penal frente a Juan Guillermo Monsalve, testigo clave en el proceso.
"El primer soborno en actuación penal en cuanto a la materialidad de la conducta punible ha quedado acreditado", dijo la juez, al evaluar los contactos del abogado Diego Cadena, que representó a Uribe, con el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, preso en una cárcel de Bogotá, para que éste no declarara sobre los supuestos vínculos del expresidente con esos grupos armados ilegales.
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La juez Heredia aseguró que quedó en evidencia que entre el 19 y el 23 de febrero de 2018, el exparamilitar Monsalve fue víctima de una emboscada en dos frentes: desde la propia cárcel y desde Neiva, a cambio de múltiples prebendas en medio de una actuación de la que participaron más de una decena personas que se avocaron a una misma causa para que se retractara.
Durante la lectura del extenso fallo, la juez Heredia señaló que no es verídico que las aproximaciones vinieran desde la cárcel de la Picota, sino que venían de otra vía.
Además, que la búsqueda de la retractación del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve no tenía por objetivo sólo limpiar la imagen del expresidente Uribe, sino también servir de fundamento en el proceso que se seguía para esa época contra su hermano, Santiago Uribe.
La juez Sandra Heredia indicó, adenás, que con base en las interceptaciones acreditadas por los exparamilitares Carlos Enrique Vélez y Eurídice Cortés fue común la utilización de un método de comunicación encriptado, cuidadosamente estructurado, para proteger la identidad del autor intelectual y, para ello, se referían a “viático, a su papá, el jefe, entre otras”.
Validación de pruebas
Más temprano, la juez Heredia validó en la lectura del fallo del juicio al expresidente Uribe las interceptaciones al celular del exmandatario y las grabaciones con un reloj espía, que su defensa había pedido que fueran rechazadas por ilegales.
Una de las pruebas presentadas en el juicio contra Uribe por los delitos de soborno, fraude procesal y soborno en actuación penal, tiene que ver con una interceptación de su teléfono ordenada en 2018 por la Corte Suprema, que se hizo "por error" indicando que el número intervenido correspondía a otra persona y a otro proceso.
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En las conversaciones interceptadas durante varios días, Uribe habla con Diego Cadena, uno de sus abogados, quien supuestamente intentó sobornar testigos en las cárceles, como el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, para que no declararan sobre los supuestos vínculos del expresidente con paramilitares.
"No puede afirmarse que en la ejecución del acto de investigación haya existido una actuación de mala fe, una irregularidad intencional concertada en reuniones con el propósito de interceptar al señor Uribe Vélez en el marco de un proceso distinto. Tales afirmaciones corresponden a conjeturas y suposiciones planteadas por la defensa sin respaldo en los elementos probatorios del expediente", señaló la jueza en la lectura del fallo.
La defensa de Uribe ha sostenido que dichas interceptaciones fueron ilegales porque el magistrado José Luis Barceló las pidió a la Fiscalía como parte de otro proceso, ajeno al caso del expresidente, y asegura que el contenido de las conversaciones debe estar protegido por el secreto profesional entre un abogado y su cliente.
Este proceso se remonta a 2012, cuando Uribe demandó ante la Corte Suprema por supuesta manipulación de testigos al senador de izquierdas Iván Cepeda, que en esa época preparaba una denuncia en el Senado en su contra por supuestos vínculos con el paramilitarismo.
Sin embargo, el magistrado Barceló no abrió investigación contra el congresista sino que le inició un proceso al expresidente por presunta manipulación de testigos para que no declararan en su contra.
El reloj espía
La otra prueba contra Uribe validada por la jueza es la utilización de un reloj espía usado por el exparamilitar Monsalve para grabar las visitas que le hizo a la cárcel La Picota de Bogotá el abogado Cadena.
El objetivo de esas visitas supuestamente era ofrecerle ayuda a cambio de que no declarara en contra de Uribe por sus posibles vínculos con el paramilitarismo, en la disputa que mantenía con el senador Cepeda.
El reloj le fue entregado a Monsalve por su pareja de entonces, Deyanira Gómez, con el fin de grabar en secreto las conversaciones con Cadena, algo considerado ilegal por la defensa, pero la jueza señaló que el hecho de ocultar esa información al interlocutor "no debe entenderse como una actuación indebida o delictiva".
"El debate probatorio no recae exclusivamente en las grabaciones magnetofónicas allegadas a juicio, sin embargo, se verificó la legalidad de estas, dilucidando los aspectos relacionados con la obtención para lo cual no se acudió a ellas por métodos ilícitos (...) estas videograbaciones tampoco fueron obtenidas violando el derecho a la intimidad ni se realizaron de mala fe", manifestó Heredia.
La lectura del fallo en el juicio a Uribe comenzó este lunes a las 8:30 de la mañana en presencia del senador Cepeda, acreditado como víctima en este caso, y de sus abogados, mientras que Uribe asiste de manera virtual desde su finca en la localidad de Rionegro, cercana a Medellín.
Partidarios y críticos del expresidente se han reunido en las afueras del complejo judicial de Paloquemao, donde está el Juzgado 44 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, que encabeza Heredia, para esperar la conclusiones del fallo.
Los simpatizantes de Uribe, que lanzan arengas en favor del expresidente, tuvieron un conato de enfrentamiento con opositores al político, lo que obligó a la Policía a intervenir para calmar los ánimos.