Gobierno ordena modificación de horarios de programación en televisión abierta
Gobierno ordena modificación de horarios de programación en televisión abierta
RCN
5 Abr 2020 07:59 AM

Gobierno ordena modificación de horarios de programación en televisión abierta

Luis Francisco
Cifuentes
La medida se aplicará durante el tiempo que dure el aislamiento preventivo

El Gobierno Nacional determinó  que los canales nacionales de televisión deberán durante el tiempo que dure el  Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica modificar sus horarios de programación.

El presidente Iván Duque a través del decreto 516 de abril 4 del  2020, determinó que debido a las medidas que han sido ordenadas respecto del distanciamiento social y la limitación de la movilidad durante el aislamiento preventivo obligatorio,  los operadores de televisión abierta, deberán cumplir mensualmente unos  porcentajes mínimos de programación de Nacional. 

Le puede interesar: Duque anunciará la próxima semana si prolonga o no la cuarentena

Los horarios establecidos por el Gobierno Nacional serán desde las 19:00 horas a las 22:30 horas y durante las 24 horas el 20% de la programación será producción nacional. 

Igualmente establece que es necesario ajustar el porcentaje de producción nacional que deben cumplir estos operadores, a efectos de que se garantice la emisión del servicio público de televisión y salvaguardar la salud y la vida, mediante la restricción de la operación a las condiciones esenciales para la provisión del servicio. 

Le puede interesar: Colombia ya tiene 1.406 casos de coronavirus y 32 muertes

Los canales nacionales presentarán

De las 19:00 horas a las 22:30 horas (triple A), el 20% de la programación será producción nacional. 
De las 22:30 horas a las 24:00 horas, el 20% de la programación será de producción nacional. 
De las 00:00 horas a las 10:00 horas, el 100% de la programación será libre. 
De las 10:00 horas a las 19:00 horas el 20% será programación de producción nacional. 

En sábados, domingos y festivos el porcentaje de producción nacional será mínimo del 20% en horarios establecidos. 

En cuanto a los canales regionales y estaciones locales la emisión de programación de producción nacional deberá ser el 20% de la programación total.  

La emisión de noticieros se mantendrá en las mismas condiciones y proporción realizada por los canales nacionales, regionales y estaciones locales a la fecha de la declaratoria de la Emergencia Económica, Social y Ecológica. 

Igualmente se determinó que entre las 00:00 horas a las 10:00 horas, el 100% de la programación será libre, las 10:00 horas a las 19:00 horas el 20% será programación de producción nacional.