Mural Falsos positivos
Cortesía
13 Ago 2020 10:28 AM

Corte Constitucional revisaría tutela que pide mantener 'mural de falsos positivos'

Johana
Rodríguez
En el mural, que fue borrado, aparecían cinco militares entre ellos el general (r) Mario Montoya.

La Corte Constitucional revisaría la tutela de un grupo de altos mandos del Ejército contra el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice), por el mural que pintaron el año pasado en Bogotá sobre los falsos positivos.

El mural fue borrado, pero en él aparecía la cara de varios militares, entre ellos el general (r) Mario Montoya, comandante del Ejército nacional entre 2006 y 2008, y el comandante de la XIII Brigada, Brigadier General Marcos Evangelista Pinto Lizarazo.

Los militares acudieron a la tutela porque decían que las acusaciones contra ellos eran falsas y buscaban, con ese recurso judicial, proteger sus derechos al buen nombre, honra, presunción de inocencia y debido proceso.

Señalaron que aún no se ha comprobado su responsabilidad en esos crímenes. Aunque ganaron la tutela, en primera instancia, ya que un juez consideró los oficiales del Ejército que aparecen en el mismo no han sido condenados en ninguna instancia, la organización Movice espera que la Corte Constitucional revise el caso.

El Movimiento considera que no se puede vulnerar el derecho a la libertad de expresión y la memoria de las víctimas de falsos positivos.

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En los registros que tiene el Colectivo de Abogados José Albear Restrepo (Cajar) que representa al Movice, se cuentan por lo menos 5.673 ejecuciones extrajudiciales, entre los años 2000 y 2010, fecha en la cual, “los militares que aparecen en el mural eran los altos mandos de la época”

Se trata de expresiones protegidas en mayor nivel por el derecho a la libertad de expresión, en la medida que se refieren a asuntos de interés público como el derecho a la verdad de las víctimas y de la sociedad, y es un ejercicio de control ciudadano sobre el rol de funcionarios o personajes públicos”, se señala en uno de los apartes del comunicado del Cajar.

En la decisión de primera instancia que ganaron los uniformados se precisa lo siguiente: "Ordenar a la accionada Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice), que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo se le haga, proceda a eliminar de murales, redes sociales, medios de comunicación hablados o por escrito, la imagen objeto de la acción y en la que aparece la reproducción gráfica (...) y abstenerse en lo sucesivo de publicar dicha reproducción o reproducciones en el mismo sentido".