EPM inició la segunda etapa del proceso de enajenación de las acciones que tiene en UNE
EPM informó que continúa con el proceso de enajenación de su participación accionaria en UNE EPM Telecomunicaciones S.A. con el que se busca la venta de las Acciones Remanentes que no fueron vendidas durante la Primera Etapa.
En este momento, con la publicación del aviso de inicio de la segunda etapa, EPM sigue avanzando con este proceso. En el cual, podrán participar y presentar propuestas de compra las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Segunda Etapa. Este proceso finalizará el próximo 7 de enero de 2026.
¿Qué sucedió en la primera etapa?
Este proceso estuvo vigente por dos meses y fue dirigida a los trabajadores activos y pensionados de la empresa, asociaciones de empleados o exempleados, sindicatos de trabajadores, fondos de empleados, fondos de cesantías y pensiones y entidades cooperativas, entre otros.
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EPM adjudicó un total de 77 acciones. Luego de haber recibido y verificado el pago de las acciones por parte de los adjudicatarios, EPM procedió a solicitarle a UNE la emisión de los títulos accionarios en favor de ellos y realizar la respectiva inscripción en el libro de accionistas.
¿Qué sigue?
En caso de que Empresas Públicas de Medellín no logre enajenar todas sus acciones durante la Segunda Etapa, estas se deberán ofrecer a Millicom en virtud de su derecho de preferencia establecido en los estatutos y en el Acuerdo de Accionistas de UNE. Si Millicom no ejerce dicho derecho, EPM podrá posteriormente vincularlo al proceso de enajenación mediante el cual se ofrecerían al público en general la totalidad de las acciones propiedad de ambos accionistas.
Por otra parte, cabe recordar que, en el mes de octubre de 2025, el Juzgado 17 Administrativo Oral de Medellín negó las pretensiones de una acción de Nulidad contra el Acuerdo por medio del cual el Concejo de Medellín autorizó la enajenación de las acciones de EPM en UNE.
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El demandante solicitó la nulidad del acuerdo 009 de 2024. Al considerar que la decisión desconoció normas constitucionales y legales e incluso que se adoptó sin las debidas garantías de participación y debate, y podría afectar tanto el carácter de socio de Millicom Spain Cable S.L. como los derechos laborales de los trabajadores oficiales de UNE.
Según la sentencia “Las actas, grabaciones y planillas de asistencia dan cuenta de que se otorgó plena garantía al derecho de participación ciudadana, de conformidad con lo previsto en los artículos 71 y siguientes de la Ley 136 y en los artículos 151 y 152 el Acuerdo 89 de 2018 Por medio del cual se expide el Reglamento Interno del Concejo de Medellín".