Embalse Piedras Blancas
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EPM
16 Feb 2024 05:46 AM

En Caldas, Barbosa y San Cristóbal: Los sitio que se cobrará consumo exagerado de agua

Martín Manuel
Díaz Rubio
Cobro por consumo excesivo de agua por fenómeno de El Niño no aplica para todos los usuarios de EPM

El cobro por consumo excesivo de agua es una medida que activó el Gobierno Nacional, a través de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) y tiene como objetivo desincentivar el consumo excesivo de agua potable en el sector residencial, mientras estemos en fenómeno de El Niño. La misma es temporal y no aplica para todos los usuarios del sistema de acueducto de EPM, pues únicamente rige en los lugares cuyas fuentes de agua tienen un caudal menor a la cantidad de agua que se requiere para atender la demanda. 

La medida define unos topes de consumo para los hogares de cada región del país, según su altura sobre el nivel del mar. Para los 10 municipios del Valle de Aburrá, que son atendidos por EPM, el tope mensual es de 26 metros cúbicos lo equivale a (26 mil litros de agua) y para el municipio de Rionegro, también atendido por EPM, es de 22 metros cúbicos (22 mil litros de agua). 

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Santiago Ochoa Posada, vicepresidente de Agua y Saneamiento EPM, expuso que la medida tiene aplicación en los municipios de Caldas y Barbosa, por su parte en el distrito de Medellín exclusivamente en el sector de San Cristóbal. "para mejor entendimiento quiero explicar que si un usuario residencial de Caldas, Barbosa o del sector de San Cristóbal consume hoy 30 metro cúbicos en un mes por los primeros 26 metros cúbicos pagará la tarifa que habitualmente ha tenido sin ningún tipo de novedad pero, de esos 4 metros cúbicos adicionales (entre el metro cúbico 26 y el 30) esa tarifa será el doble del valor del valor" Explicó. 

La medida aplica únicamente para el sector residencial, sin embargo, tiene las siguientes excepciones: inquilinatos, entidades sin ánimo de lucro a las que se les presta servicio especial y multiusuarios del servicio público domiciliario de acueducto, hogares comunitarios de bienestar y sustitutos, y usuarios de las áreas comunes de los inmuebles residenciales bajo el régimen de propiedad horizontal. 

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Sobre el tiempo en que esta medida será efectuada Santiago Ochoa, se refirió y recalcó que se hará monitoreo al fenómeno del Niño. Este cobro adicional se efectúa a los consumos hechos desde el 29 de enero de 2024, únicamente en los sectores abastecidos por las plantas de potabilización San Cristóbal, Caldas y Barbosa. 

cabe hacer claridad en que, este cobro doble solo aplica para el servicio de acueducto del sector residencial. El servicio de alcantarillado se cobrará según los valores habituales y que si usted desea consultar cuántos metros cúbicos se consumen en un hogar normalmente en la factura de servicios públicos de EPM se pueden ver los consumos recientes de acueducto en un hogar, medidos en metros cúbicos.