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8 Ene 2020 07:33 AM

¿Qué pasará con los taxis 'zapatico' en el país?

Ocho de cada diez taxis en Colombia son tipo 'zapatico', los cuales han sido catalogados por expertos como vehículos inseguros.

El viceministro de Transporte, Juan Camilo Ostos, explicó qué pasará con los taxis denominados 'zapaticos', a partir del mes de marzo, cuando entrará a regir el nuevo decreto que regula la operación del servicio de taxis en Colombia. El decreto, que se encuentra en borrador, busca recuperar la confianza del usuario y avanzar en tener más y mejores servicios de transporte individual. 

Pese a que el proyecto de decreto, que sustituye el Capítulo 3, Título 1, Parte 2, Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte (decreto 1079 de 2015), busca entre otros, regular la prestación del servicio, uno de los cambios más significativos tiene que ver con los vehículos que se van a homologar, una vez se expida el decreto, ya que serán únicamente tipo sedán, camionetas y camperos. 

La norma, que está publicada para comentarios, implica la no llegada de nuevos taxis 'zapaticos', o modelos como el Hyundai Atos, uno de los modelos de estos vehículos compactos. “Los que están en operación no van a salir del mercado, sino que cuando se emita el decreto no vuelve a ingresar al país ningún vehículo de características compactas”, indicó Ostos. 

Según el Gobierno, ocho de cada diez taxis en Colombia son tipo 'zapatico', los cuales han sido catalogados por expertos como vehículos inseguros por la ausencia de elementos como bolsas de aire en la parte delantera, 'apoyacabezas'. Y advierten que cuando se presenta una colisión, los ocupantes reciben mucho de la energía del impacto, que causan lesiones que pueden.  

De acuerdo con el viceministro Ostos, "no podrán entrar nuevos vehículos pequeños, tendrán que ser camionetas. Y también habrá una nueva categoría de servicio que permitirá a los usuarios contar con un sistema de seguridad". 

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El proyecto de decreto señala que para el nivel básico los carros de estas clases deberán tener mínimo cuatro puertas laterales, contar con una bodega o espacio para el equipaje con capacidad no inferior a 0,4 metros cúbicos y, además, deberán tener los dispositivos de seguridad activa y pasiva establecidos en la Resolución 3752 de 2015 del Ministerio de Transporte, o la norma que la modifique o sustituya. 

La norma, que se espera entre en vigencia en marzo de este año, también incluye la habilitación del personal y la contratación de una póliza de responsabilidad civil contractual que deberá cubrir, al menos, los riesgos de muerte, incapacidad permanente, incapacidad temporal, gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios, con un monto asegurable por riesgos de al menos 50 millones de pesos para el año 2020.