Karen Abudinen, MinTIC
Karen Abudinen, MinTIC, en San Andrés.
MinTIC
25 Ago 2021 06:28 AM

Fallo de tutela ordena continuar con el contrato entre Centros Poblados y MinTic

Juan Manuel
Vargas Ovalle
Un juez de Puerto Colombia (Atlántico) le ordenó al MinTic suspender la caducidad el polémico contrato de conectividad.

El juez Alberto Mario Ospino del Juzgado Promiscuo Municipal de Puerto Colombia, Atlántico, admitió una acción de tutela presentada por el representante legal de la Unión Temporal Centros Poblados en contra del Ministerio de las Tic por la supuesta violación al debido proceso tras la caducidad del polémico contrato de conectividad por más de un billón de pesos de los cuales ya se adelantaron $70.000 millones.

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Tras aceptar la tutela, el juzgado ordenó continuar con el multimillonario contrato y suspender provisionalmente las resoluciones del Ministerio de las Tic mediante las cuales se determinaba la caducidad del mismo. 

"Decrétese como medida provisional la suspensión inmediata de los efectos jurídicos de las decisiones contenidas en las Resoluciones MINTIC Nos. 01747 del 19 de julio de 2021 y 02013 del 13 de agosto de 2021, y de todas aquellas que se deriven de las mismas, proferidas por la autoridad accionada en contra de la UT Centros Poblados Colombia 2020, hasta tanto se profiera decisión de fondo dentro del presente tramite", dice parte del oficio emitido por el juzgado.

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El juez Ospino también vinculó al tramite judicial a cinco empresas que están relacionadas en la investigación sobre el contrato de conectividad para que se pronuncien en las próximas horas sobre la tutela interpuesta por Centros Poblados. 

"...se dispone, VINCULAR al presente trámite de tutela a la FUNDACIÓN DE TELECOMUNICACIONES, INGENIERÍA, SEGURIDAD E INNOVACIÓN, AL ICM INGENIEROS S.A.S., AL INTEC DE LA COSTA S.A.S, A OMEGA BUILDINGS CONSTRUCTORA S.A.S, Y AL BANCO ITAÚ CORPBANCA COLOMBIA, con el fin de que se pronuncien a cerca de los hechos y pretensiones de la demanda tutela, dentro del término de un (1) DÍA, contados a partir de la notificación del presente proveído, para tal efecto se ordena darles traslado del libelo de tutela y sus anexos", dice otro aparte del documento jurídico.

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Dentro del auto, el juzgado le da plazo de un día a partir de la notificación al MinTic para que presente un informe junto con las respectivas pruebas que les permita ejercer su derecho de defensa y contradicción dentro del trámite constitucional frente a la tutela que fue fallada en su contra.